ARRENDAMIENTOS URBANOS-EFECTOS DE LA REFORMA EN LOS PROCESOS DE DESAHUCIO DE LA LEY 19/2009, DE MEDIDAS DE FOMENTO Y AGILIZACIÓN PROCESAL DEL ALQUILER Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.

 

El Colegio de Abogados de Madrid, mediante un informe, estudia de forma exhaustiva esta reforma planteando una serie de mejoras que podrían agilizar los procesos de desahucio arrendaticio por falta de pago. Insisten los abogados de este ilustre Colegio que, cuando se habla de agilización de los procesos, se debe prestar especial atención a las comunicaciones con el demandado o destinatario de la resolución ya que deberían existir más medidas de aseguramiento, tales como la posibilidad de entregar copia de la misma a un vecino (no sólo al familiar, empleado o conserje de la finca), obligatoriedad de recibir dicha comunicación o notificación y de entregarla al destinatario bajo apercibimiento o en caso de negativa imponer sanción económica, creación de Juzgados que conozcan de la materia arrendaticia y de Propiedad Horizontal, etc.

Destacan la necesidad de que la agilización de los procesos judiciales en caso de desahucio de vivienda por falta de pago de rentas, deban resolverse poniendo a disposición de los ciudadanos los medios humanos, materiales y tecnológicos suficientes. Sin poder suplir esta carencia con la merma del derecho de defensa y otras garantías constitucionales, con el fin de garantizar una justicia de calidad.

Efectivamente, existe una problemática de la reforma, como el transcurso todavía excesivo entre la presentación de la demanda y su admisión a trámite y en la notificación al demandado. Estos actos de comunicación siguen siendo el problema principal ya que además de lo expuesto, se tarda demasiado tiempo en fijar la cédula de citación en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial en el caso de imposibilidad de emplazamiento en el domicilio del contrato, y la rebeldía sigue dificultando el lanzamiento en casos de terceros ocupantes de la vivienda.

Consideramos que se necesitan mayores medios ya que el problema no está en la redacción de la Ley, sino en los retrasos en las notificaciones, y en el excesivo tiempo entre el señalamiento para la vista y la fecha de lanzamiento. Por ello lo que se propone fijar plazos, crear juzgados especializados, y endurecer la normativa en cuanto a la obligatoriedad de las personas designadas de recibir las notificaciones y entregarlas.

 

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